

Aportación-cesión (150-0 B ter): la regla de la reinversión después de la cesión



Actualizado el 11 de agosto de 2026.
La aportación-cesión (artículo 150-0 B ter del Código General de Impuestos, CGI) permite aplazar la imposición de una bonificación aportando sus títulos a una holding antes de vender, sin borrar la deuda fiscal. Anticipado, mucho antes de cualquier proyecto de venta, la aportación no va acompañada deninguna obligación de reinversión: la holding gestiona y cede libremente, el aplazamiento persiste. Decidido justo antes de una cesión, encierra a la holding en una cuota de empleo estricta.
Esta segunda vía, la menos flexible, que la ley de finanzas para 2026 ha endurecido aún más (reinversión que ha aumentado del 60 % a 70 %, plazo de 2 a 3 años, conservación en 5 años) Comprender estas dos temporalidades es entender lo esencial.
- Elaporte-cesión (artículo 150-0 B ter del CGI) es un aplazamiento de la imposición : su pago se retrasa, no se cancela. Se prepara el montaje antes La venta nunca después.
- Dos temporales : una aportación adelantado (más de 3 años antes de la cesión) ninguno la reinversión , la holding cede libremente y el aplazamiento continúa; una aportación seguida de una cesión en corto plazo (menos de 3 años) activa la obligación de reinversión.
- En este segundo caso, desde el 21 de febrero de 2026 se debe reinvertir al menos 70 % del producto en 3 años y mantener el nuevo empleo 5 años como mínimo (antes del 60 % y 2 años, para operaciones anteriores).
- Reempleo admisible: financiar una actividad operativa , tomar el control de una sociedad , suscribir el capital o suscribirse en algunos de los sectores Fondos de capital riesgo (FCPR, SAFA, SLP, SCR). La vivienda está muy excluida desde 2026.
- Un nuevo empleo fallido = el aplazamiento cae y el impuesto se debe a todo el valor. Información general; este montaje se decide con un abogado fiscalista y un contable. Invertir implica un riesgo de pérdida de capital.
Hemos detallado en otros lugares la secuencia de los primeros 90 días después de una cesión, cómo elegir un fondo de propiedad privada equity, o lo que realmente cuesta un administrador de patrimonio. Aquí se decoran las dos formas de utilizar la aportación-cesión, y luego la regla que decide todo en la vía obligada: la reinversión. Los umbrales 2026, los activos admisibles, las trampas, y un caso cifrado.
¿Qué es la aportación-cesión (artículo 150-0 B ter del CGI)?
La aportación-cesión es un aplazamiento fiscal: usted aporta los títulos de su sociedad a una holding que usted controla, y luego la holding vende. La mejora no se grava inmediatamente, se pone en aplazamiento mientras se cumplen las condiciones.
La mecánica se mantiene en cuatro tiempos, y el orden es todo menos un detalle.
- 1. La aportación. Antes de cualquier venta, usted aporta sus valores a una holding sujeta al impuesto de sociedades, que controla. La mejora de valor constatada a la aportación se coloca en un aplazamiento (un sulte sigue siendo posible, dentro del límite del 10 % del valor nominal de los títulos recibidos).
- 2. La cesión. La sociedad holding vende los valores. Si la venta se produce más de tres años después de la aportación, el aplazamiento continúa sin condiciones de reempleo. Si se produce en el plazo de tres años, se enciende la regla de la reinversión.
- 3. Reempleo. La holding reinvertirá al menos el 70 % del producto de la cesión en una actividad económica admisible en un plazo de 3 años.
- 4. Conservación. Los activos de reempleo se conservan al menos 5 años. El aplazamiento se mantiene hasta que usted no ceda los valores de la holding y las condiciones se cumplan.
Todo el mecanismo se juega antes de la firma. Entre una aportación preparada con mucho tiempo de antelación y una aportación decidida en vísperas de una venta, el dispositivo no se comporta en absoluto de la misma manera.
Dos temporales: anticipar la aportación o sufrirla
La mayoría de los artículos presentan la aportación-cesión por su vertiente más vinculante, la reinversión. En realidad, es una de las dos maneras de utilizarla, y la menos flexible. Todo depende del momento en que la aportación se realiza en relación con la cesión.
La aportación anticipada, antes de cualquier proyecto de cesión. Si la sociedad de cartera conserva los títulos aportados más de tres años antes de su cesión, el aplazamiento fiscal no irá acompañado de un cambio de posición.ninguna La sociedad holding cede libremente, reinvierte a su gusto y el aplazamiento se mantiene hasta un acontecimiento de ruptura (la cesión de los títulos de la sociedad holding misma, en particular, o la transferencia del domicilio fiscal fuera de Francia). Es la vía más estratégica: constituir un patrimonio profesional alojado en sociedad, pilotar reinversión libre con el tiempo y facilitar la transmisión, lo que supone una sola cosa, pero decisiva: haber traído temprano, incluso antes de que un comprador se presente.
La aportación seguida de una cesión cercana. Si la holding vende los valores en los tres años siguientes a la aportación, se aplicará plenamente la obligación de reinversión: reinvertir una parte del producto (70 % desde la Ley de finanzas para 2026, 60 % para operaciones anteriores) en los 36 meses, y luego conservar este nuevo empleo 5 años. Es la aportación-cesión clásica
Retened la jerarquía: la aportación-cesión clásica es sólo una modalidad entre otras, la menos flexible. Cuanto más predicho sea la aportación, mayor será la libertad. Por eso este montaje se reflexiona años antes de una cesión, no en el momento de firmar. Por el camino obligado, en cambio, las reglas cambiaron en 2026.
¿Qué cambia con la Ley de Finanzas 2026?
Para la vía coercitiva, el artículo 11 de la Ley de finanzas para 2026 (Ley No 2026-103 de 19 de febrero de 2026) ha reforzado las normas de reinversión aplicables a las cesiones de títulos aportados realizadas a partir del 21 de febrero de 2026. La cuota pasa del 60 % al 70 %, el plazo de reempleo de 2 a 3 años, la conservación de los activos de reempleo de 12 meses a 5 años. La reforma cierra también el campo de los reempleos inmobiliarios y prolonga los plazos de conservación en caso de donación de los títulos.
| . | Antes del 21/02/2026 | Desde el 21/02/2026 |
|---|---|---|
| Cuota de reinversión | 60 % del producto de la cesión | 70 % del producto de la cesión |
| Plazo de reempleo | 2 años | 3 años |
| Conservación del nuevo empleo | 12 meses | 5 años |
| Reempleo inmobiliario | Compraventa de bienes y promoción de bienes inmuebles admisibles | Inmobiliaria ampliamente excluida (mercadeo de bienes, promoción, arrendamiento), por remisión al artículo 199 terdecies-0 A del CGI |
| Donación de títulos: conservación por el donante | 5 años (10 años si se vuelve a emplear en fondos) | 6 años (11 años si se reemplea en fondos) |
| Ventana de cesión después de la aportación | 3 años | 3 años (sin cambios) |
La consecuencia práctica es inmediata: con producto de igual cesión, es necesario reinvertir más, en un campo de activos más estrecho, pero con un año más para hacerlo. Este endurecimiento refuerza mecánicamente el interés de anticipar la aportación, para permanecer en la primera temporalidad y evitar cualquier coacción de reempleo. Queda por saber, para la vía obligada, donde estos 70 % tienen derecho a ir.
¿Cuál es la regla de la reinversión después de una cesión cercana?
Desde la última ley de finanzas (Artículo 150-0 B ter del CGI, versión en vigor desde el 21 de febrero de 2026), si la sociedad de cartera cede los títulos en el plazo de tres años a partir de la aportación, deberá reinvertir al menos el 70 % del producto de la cesión en una actividad económica admisible, en el plazo de tres años a partir de la cesión.
Tres precisiones evitan el contrasentido más frecuente.
- La cuota se refiere al producto de la cesiónUna sociedad de cartera que recibe 2 millones de dólares debe volver a emplear al menos 1,4 millones de dólares, independientemente de la cuantía de la bonificación en el período de prórroga.
- El plazo se iniciará a partir de la cesión, fecha en la que no se suspende, no se prolonga y el atentismo de los primeros años se paga al final: un nuevo empleo de calidad (auditoría, negociación, cierre) toma meses.
- La caída del aplazamiento es total, no proporcional. Reinvertir 65 % en lugar de 70 % no salva dos tercios del aplazamiento: no se cumple la condición , la imposición recae sobre todo el valor añadido , con interés de retraso en su caso .
La regla es mecánica, casi brutal, y su contrapartida: la lista de empleos elegibles es más amplia de lo que se cree.
¿En qué reinvertir? Las cuatro familias elegibles
La reinversión admisible abarca cuatro familias: financiar una actividad operativa , adquirir el control de una sociedad , suscribir el capital de una sociedad admisible , o suscribirse en determinados fondos de capital riesgo (FCPR , fondos comunes de inversión de riesgo , FCI , fondos profesionales de capital inversión , SLP , sociedades de libre asociación , SCR , sociedades de capital riesgo), con condiciones propias de cada vía .
- Financiar recursos operativos. La sociedad holding invierte en una actividad comercial, industrial, artesanal, liberal, agrícola o financiera que ejerce. Las actividades inmobiliarias están muy excluidas del nuevo empleo desde 2026 (gestión de su propio patrimonio, mercadería de bienes, promoción, alquiler), por remisión alArtículo 199 terdecies-0 A del CGI : el patrimonio inmobiliario no cumple la condición.
- Tomar el control de una empresa operativa. Adquirir una fracción del capital que confiere el control. Consejo de Estado precisó (Decisión de 16 de febrero de 2024, n° 472835) que esta condición de control se valore en la fecha de la reinversión.
- Suscribirse al capital una o más sociedades operativas admisibles, en efectivo, al capital inicial o a un aumento de capital.
- Suscribe en fondos admisibles: FCPR, FACLI, SLP o SCR. Esta es la vía más utilizada para delegar el reempleo. Condiciones propias: el compromiso de suscripción debe ser llamado en un plazo de cinco años, y el fondo debe respetar una cuota de inversión del 75 % en las sociedades elegibles. Aquí es donde la elección del gerente se convierte en el verdadero tema: se ha detallado cómo comparar FCPR, SCRSI y SLP.
¿Y el resto? Es el ángulo que casi todos los guías olvidan: hasta el 30 % del producto de cesión queda libreEsta bolsa no está sujeta a la cuota ni a la conservación de 5 años. Puede permanecer en efectivo en la cartera, invertir en cartera financiera o financiar un contrato de capitalización. Una aportación-cesión bien construida piloto, por lo tanto, dos asignaciones paralelas: la bolsa obligada (70 %, il il étrait par construction) y la bolsa libre (30 %), que garantiza la respiración del conjunto. Pensar ambos juntos, es precisamente lo que separa un montaje fiscal de una arquitectura patrimonial.
¿Cuáles son las trampas que hacen caer el aplazamiento de la imposición?
Dos errores concentran la mayor parte de las recuperaciones y reposiciones perdidas: dejar que el calendario se filtre y montar una operación sin sustancia económica real.
- El calendario subestimado. Tres años parecen cómodos, pero un nuevo empleo serio (objetar, auditar, negociar, financiar) consume entre 12 y 18 meses, y los compromisos de suscripción de fondos deben ser llamados en realidad en los cinco años. Los montajes que fallan rara vez están mal diseñados: están retrasados.
- Abuso de derecho. El aplazamiento de la imposición de la aportación-cesión figura en la Mapa de prácticas y montajes abusivos publicado por la administración, pero en casos más técnicos y de finalidad: una reinversión realizada de forma ficticia, por ejemplo en una sociedad con cáscara vacía o sin actividad económica real, se expone a una reorganización por abuso de derecho.
La administración no notifica la caducidad del aplazamiento: ninguna de estas dos trampas advierte, por lo que es conveniente que se haga un seguimiento activo de estos plazos.

Caso práctico: una cesión de 2,5 millones de euros
Sobre una cesión a 2,5 millones de euros realizada por la holding menos de 3 años después de la aportación, la norma impone reinvertir al menos 1,75 millones en un plazo de 3 años; alrededor de 750.000 € permanecen libres. Ejemplo ilustrativo, fuera de la fiscalidad propia de cada situación.
En concreto, la hoja de ruta se parece a:
- Día 0, la cesión. El producto (2,5 M€) aterriza en la holding. El contador de 3 años comienza, fecha a fecha.
- La bolsa de tensión: 1,75 M€ mínimo. Se distribuirán entre las cuatro familias elegibles, por ejemplo, una participación mayoritaria y suscripciones en FCPR o SCRI. Cada compromiso de suscripción deberá ser llamado en un plazo de 5 años, y el conjunto se conservará al menos 5 años.
- El bolsillo libre: unos 750.000 €. Tesorería de precaución, cartera financiera, contrato de capitalización: es la que financia los proyectos y amortigua la ilicitud de la bolsa de coerción.
- Los hitos. Un nuevo empleo de 18 a 24 meses deja un margen de seguridad; un nuevo empleo pensado la veremos en el año 3 ¡ ! , no deja ninguna.
La secuencia completa de los primeros meses después de la venta (seguir, cifrar el impuesto, construir) se detalla en nuestra guía de los primeros 90 días después de una cesión. Y para ver una cartera patrimonial en la obra en condiciones reales, el análisis en vídeo:
Donación de valores: transmisión de un aplazamiento fiscal
Los títulos de la holding recibidos a cambio de la aportación pueden darse. Si el donante controla la holding , el aplazamiento de la imposición se transmite con ellos: deberá conservar los títulos 6 años (11 años si el nuevo empleo se ha realizado a través de fondos admisibles), so pena de ser impuesto sobre la plus-value en aplazamiento . Estos plazos , ampliados de 5 y 10 años por la ley de finanzas 2026 , prolongan tanto el compromiso asumido por el que recibe.
Es la articulación más fina del dispositivo: combinada con una transmisión, puede cumplir la mejora en postergación en ciertas configuraciones, pero los plazos de conservación del donado y las condiciones son estrictos. Este terreno se trabaja exclusivamente con su notario y su abogado fiscalista; el papel de un ingeniero patrimonial es orquestar esta discusión en el momento oportuno. La donación de los títulos de la holding puede producirse antes o después de la cesión: lo que cuenta es comprender bien las limitaciones de conservación asociadas antes de dar efectivamente los títulos. Para ver esta orquesta en condiciones reales, el recorrido completo de un médico radiólogo (asociación, holding, cesión a un grupo) analizado en vídeo:
Finary One, para anticipar la aportación y mantener el calendario de reempleo
La aportación-cesión no se juega el día del montaje. Se juega en la parte superior: elegir el momento adecuado para traer, mucho antes de una cesión, ya es liberarse de toda obligación de reinversión. Y si la cesión se acerca, todo se juega en los tres años siguientes: un cupo a alcanzar, activos a seleccionar, compromisos a hacer llamar, una conservación a tener. La estructura jurídica es asunto de su consejo; la trayectoria, debe ser pilotada.
Su interlocutor en Finary One es un administrador privado. Conoce su situación en su conjunto, patrimonio personal y profesional, y le sigue a lo largo de la vida, desde la preparación de la aportación hasta el final de los compromisos de reempleo. En las cuestiones jurídicas y fiscales más técnicas, se basa en un ingeniero patrimonial, especialista en estas materias, que interviene a su lado para enmarcar las opciones, medir sus efectos y asegurar el razonamiento: el momento oportuno de la aportación, el calendario de reempleo y sus plazos, la selección de los soportes elegibles para la bolsa de coacción, y la arquitectura de la bolsa libre (tesoría, sobres, contrato de capitalización), en relación con su patrimonio personal.
Esta ingeniería patrimonial nunca sustituye a sus consejos. La estructuración de la aportación y su seguridad fiscal siguen siendo el asunto de su abogado fiscalista, las escrituras y las obligaciones declarativas de la holding las de su auditor, el acto de su notario en caso de donación de los títulos. El papel del binomio gestor privado e ingeniero patrimonial es trabajar con ellos: formular la estrategia, compartirla con cada uno, hacer converger los análisis y mantener el calendario, para que las decisiones se tomen en el orden y en el momento correctos.
En una aportación-cesión, la experiencia técnica no es suficiente. Lo que hace la diferencia es la coordinación efectiva de los actores, cada uno en su papel, en torno a una estrategia única y de una secuenciación llevada a cabo. Es la experiencia del banco privado, en el lado de sus intereses, y usted mantiene la mano en cada decisión. El primer intercambio es sin compromiso y el diagnóstico no se cobra, incluso sin ser cliente, desde 1000 000 € de patrimonio inversible.
Finary SAS es una empresa de inversión autorizada por la ACPR (No 19283), que tiene un propósito informativo y no constituye un asesoramiento personalizado en materia de inversión; toda inversión implica un riesgo de pérdida de capital.
El aplazamiento fiscal no recompensa el montaje más astuto. Recompensa la anticipación, y el calendario mejor mantenido.

Preguntas frecuentes
¿Qué pasa con la parte del producto de la cesión que no se reinvierte?
La parte no reinvertida, hasta el 30 % del producto, escapa a toda restricción de cuota y de duración de la tenencia: puede ser colocada libremente por la holding, sin condiciones particulares.
¿Siempre debemos reinvertir después de una entrega?
No: la obligación sólo se aplica si la cesión se produce dentro de los 3 años siguientes a la aportación. Más allá de este plazo, no se impone a la holding ninguna obligación de volver a emplear.
¿Qué porcentaje hay que reinvertir después de una aportación?
Desde el 21 de febrero de 2026, el umbral mínimo es del 70 % del producto de la cesión, frente al 60 % en el caso de las operaciones concluidas antes de esa fecha.
¿Cuál es el plazo para reinvertir después de la cesión?
Tres años, descuentados desde el día de la cesión (dos años antes de la reforma de 2026), con un período de retención mínimo de cinco años sobre los activos adquiridos.
¿En qué activos puede optarse la reinversión?
Cuatro vías: una actividad operativa de la holding, la adquisición de control de una sociedad, una suscripción al capital, o una inversión en un fondo de capital riesgo admisible (FCPR, FBI, SLP, SCR).
¿Qué pasa si no vuelvo a reinvertir a tiempo?
El aplazamiento desaparece en su totalidad y no sólo en la fracción que falta: la mejora se vuelve a imponer en su totalidad, con un interés de demora en su caso.
¿Podemos dar los títulos recibidos a cambio de la aportación?
Si el donante controla la sociedad holding, se hace cargo del aplazamiento, pero debe cumplir una duración de 6 años (11 años en caso de que se vuelva a emplear a través de fondos), so pena de ser impuesto sobre la mejora en el aplazamiento.
¿La entrega-cesión es un montaje arriesgado?
El dispositivo es legal, pero la administración controla los montajes sin sustancia real, por ejemplo, un reempleo ficticio en una estructura sin actividad económica efectiva. La prudencia es un reempleo realmente admisible y un calendario respetado.
Fuentes
Finary, cesión de empresa: la secuencia de los primeros 90 días.
Avisos reglamentarios: Comunicación de carácter promocional: la inversión implica un riesgo de pérdida de capital, parcial o total. Los resultados pasados no prejuzgan el rendimiento futuro. Este artículo tiene un carácter informativo y pedagógico; no constituye ni un asesoramiento en inversión personalizado, ni una recomendación de compra o venta, ni un asesoramiento fiscal. Antes de cualquier inversión, consulte el Documento de Información Clases (DIC) y, en su caso, un consejero habilitado. Finary SAS, Empresa de Inversión autorizada por la ACPR con el número 19283, miembro de la AMAFI. Corredor de Seguros con ORIAS con la partida 21001279, adherente de la CNCGP (asociación autorizada por AMF). Prestatario de Servicios sobre Crypto-Activos (PSCA) autorizado por AMF con el régimen MiCA con las referencias n° A2026-026 y n°N2026-008.








